Pago del medio aguinaldo

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Durante el mes de junio, todos/as los/as trabajadores/as en relación de dependencia reciben, en cumplimiento con lo normado en el artículo 122 de la Ley de Contrato de Trabajo, el pago del SAC (Sueldo Anual Complementario) o más conocido como “aguinaldo”.

al momento de realizar la liquidación correspondiente, la misma debe calcularse sobre el mejor sueldo percibido durante los últimos seis meses del año en curso, que incluye, entre otros: sueldo básico, antigüedad (1 por ciento), presentismo (8.33 por ciento), horas extras, premios remunerativos y comisiones. En caso de que el/la empleado/a no haya prestado tareas durante la totalidad de este tiempo -ya sea porque inició sus actividades de manera reciente o porque se extinguió el contrato- se deberá abonar el proporcional por los meses trabajados.Así mismo, es menester destacar que sobre el aguinaldo en bruto se aplican los descuentos correspondientes a la jubilación (11 por ciento), sindicato (2 por ciento), obra social (3 por ciento) y FAECYS (0.5 por ciento). Recordamos qué este medio aguinaldo tiene fecha tope de pago el 30 de junio. Espero haya sido clara la información.

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