A través de un Decreto 266/21, publicado hoy en Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo nacional dispuso prorrogar hasta el 31 de mayo de 2021 la “prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor”.También estableció la prórroga hasta la misma fecha de la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de “fuerza mayor o falta o disminución de trabajo”. Pero esta vez la medida no se aplicará a la construcción.
La prohibición de despidos fue ordenada por primera vez el 31 de marzo de 2020, por medio del DNU 329/2020, cuando regía la fase 1del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO). Más tarde se extendió en junio, en diciembre y en enero de 2021.Además de exceptuar al personal de la industria de la construcción, el decreto también lo hace para las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 34/19, que declaró la Emergencia Pública en Materia Ocupacional en diciembre de 2019, a poco de asumir el gobierno de Alberto Fernández, ni al Sector Público Nacional.
Uncategorized
Paritarias enero para empleados de comercio
La federación de empleados de comercio (faecys) cerró incremento para el mes de enero. Se acordó 11% remunerativo de reajuste del mes de diciembre y