Liquidación mes de Octubre para empleados de comercio

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La liquidación de sueldos de Empleados de Comercio tiene muchas novedades, ya que finalmente la FAECyS y las cámaras mercantiles firmaron el nuevo acuerdo salarial que cierra las negociaciones del 2020.

Analizando en detalle el acuerdo en «Empleados de Comercio: puntos destacados del acuerdo octubre 2020«, pero a manera de resumen podemos decir que se acordó incorporar a los básico de convenio los $4.000 pesos del decreto 14/20 y los 2.000 pesos del acuerdo 2019/20.

Cálculos de la liquidación

Básico $ 42.298,45

Ahora, como estos $6000 pasan a formar parte del básico, se incrementa la base de cálculo de todos los adicionales de convenio

Se incorporan al básico de convenio, los $4.000 del Decreto 14/20 y los $2.000 del Acuerdo 2019/20 que se pagaban por separado y no formaban parte de la base de cálculo para adicionales de convenio.

Veamos el caso de ejemplo, el nuevo básicos para un  “Administrativo A” será:

36.298,45 + 6.000 = 42.298,45

Antigüedad: $ 4.229,85

Para este caso, la antigüedad del empleado es de 10 años, por lo que el adicional por ese concepto será del 10%.

Entonces: 42.298,45 x 10 x 1% = 4.229,85 

Recordemos que el adicional por antigüedad es el 1% del básico de convenio por cada año de antigüedad.

Asistencia y Puntualidad: $ 3.877,36

Según lo establecido en artículo 40 del CCT 130/75 el adicional por Asistencia y Puntualidad es la DOCEAVA parte de las remuneraciones del mes, en este caso las remuneraciones del mes son el Básico + Antigüedad.

(42.298,45  + 4.229,85) / 12 = 3.877,36

Plus día feriado: $ 336,04
Respecto al feriado del 12 de octubre, el plus que genera para este caso, que no trabajó ese día, sería de $336,04, veamos como llegamos a ese número.

Recordemos que los feriados son pagos, se trabaje o no. En este caso, que no trabajó, el empleado tiene derecho a percibir su salario, pero con un plus y se determina de la siguiente manera:

(42.298,45 + 4.229,85 + 3.877,36) / 30 x 0,20 = 336,04

Día feriado trabajado
En caso de trabajar el feriado se debe pagar el día como feriado más el día trabajado, en este caso sería:

Cálculo del día feriado
(42.298,45 + 4.229,85 + 3.877,36) / 25 = 2.016,22

Cálculo del día normal
(42.298,45 + 4.229,85 + 3.877,36) / 30 = 1.680,17

Ahora sumamos ambos valores y tenemos el total de un día feriado trabajado:

2.016,22 + 1.680,17 = 3.696,39

Asignación Extraordinaria No remunerativa Acuerdo 2020

Además, del pase de los $6000 al básico, el acuerdo estableció el pago de una suma en concepto de gratificación especial no remunerativa de $30.000 que se pagará en 6 cuotas iguales y mensuales de $5.000 de Octubre 2020 a Marzo 2020.

No obstante su carácter no remunerativo, sobre estas sumas se deben calcular los adicionales de Antigüedad y Asistencia y Puntualidad, entonces:

Antigüedad: 5.000 x 0,01 x 10 = 500

Asistencia y Puntualidad: ( 5.000 + 500 ) /12 = 458,33

Recuerden qué pueden consultar el emulador de recibo de sueldo para ver su correcta liquidación para cada caso..

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